sábado, 13 de abril de 2013

Ultimas Noticias de Derechos Humanos al 10 de Abril del 2013

Información: Congreso podría aprobar figura de "negacionismo" que atenta contra la Libertad de Expresión - 10/04/2013 11:26:46

"El Dictamen de Ley N° 1464 que aprueba penalizar el "negacionismo" de los delitos de terrorismo, se debatirá este jueves 11 de abril en el Pleno del Congreso. Ante esta situación, el Instituto de Defensa Legal (IDL) alerta a la opinión pública sobre la inconstitucional afectación que genera esta figura al derecho a la libertad de expresión en nuestro país, pues lo restringe de manera excesiva y desproporcionada.
Si bien la fórmula jurídica inicialmente presentada por el Poder Ejecutivo (ver proyecto inicial) ha sido modificada por las Comisiones de Constitución y Justicia y Derechos Humanos del Parlamento, ésta sigue restringiendo indebidamente derechos fundamentales. Asimismo, la poca claridad de la redacción podría llevar a dificultades interpretativas para los jueces, fiscales y operadores de jurídicos que, ante un caso de este tipo, podrían llevar a la cárcel a una persona hasta por doce años sólo por manifestar sus opiniones.
Cabe señalar que la propuesta pretende incorporar el artículo 316-A al Código Penal, que sancionaría con pena de entre seis y doce años, al que públicamente niegue cualquiera de los delitos de terrorismo "establecidos en sentencia judicial firme, con la finalidad de promover la comisión de los delitos de terrorismo o apología del terrorismo o sirva como medio para adoctrinar para fines terroristas". Y, además, "Si la negación se realiza a través de medios de comunicación social o mediante el uso de tecnologías de la información y comunicaciones, la pena será no menor de ocho ni mayor de quince años…".
En ese sentido, con la aprobación de esta norma se podría sancionar a una persona, un profesor, un investigador, que critica una sentencia alegando que condenó a inocentes. La condición que deben tener como finalidad "promover" futuros delitos de terrorismo o la figura de "adoctrinar para fines terrorista" que se establece son términos tan vagos que ocasionaría, dependiendo del operador jurídico que interprete la ley, que nadie sea sancionado o que todo aquel que critica fallos judiciales en materia de terrorismo sea condenado.
Asimismo, la propuesta ha recibido críticas del Instituto de Prensa y Sociedad (IPYS) así como de otras organizaciones como Human Rights Watch, que han mostrado su desacuerdo por el riesgo que implicaría para el ejercicio de la libertad de expresión en el país y el peligro que supondría también para la prensa el difundir entrevistas de miembros de organizaciones terroristas.
Si bien es un deber del Estado luchar contra el regreso del terrorismo, también la libertad de expresión, la libre circulación de ideas, por más diversas y cuestionables que parezcan, constituyen un pilar esencial para la vida democrática de un país. Debido a este antagonismo, su limitación debe darse en supuestos excepcionales. Tanto los tratados internacionales y la legislación interna y comparada señala sólo unos supuestos específicos en que se debe limitar la libertad de expresión.
Así, señalan que los Estados deben abstenerse de promulgar leyes que penalicen ideas en relación a acciones terroristas, e instan a los países a aplicar un test de balance para determinar la proporcionalidad de la sanción en comparación con el daño que se procura evitar. Así señalan que se debe tener en cuenta: (i) los peligros que plantean las expresiones en el contexto de la situación (guerra, combate al terrorismo, etc.); (ii) los cargos de las personas que formulan las expresiones (militares, personal de inteligencia, funcionarios, ciudadanos particulares, etc.) y (iii) el nivel de influencia que puedan tener en la sociedad; la gravedad de la sanción en relación con el tipo de daño causado o que podría ser causado, la utilidad de la información para el público y el tipo de medio de difusión utilizado, e indican, enfáticamente, que un periodista u otro tercero que meramente transmite declaraciones de otra parte no debería estar sujeto a sanciones excepto en circunstancias muy restringidas (1).
Por ello, la Relatora para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, Catalina Botero, señaló que lamentablemente "el proyecto de Ley va más allá" que "sancionar las expresiones referentes al terrorismo". (Ver audiencia).
Cabe resaltar que en el Perú ya existen estos tipos penales tipificados en nuestra legislación. El Código Penal, en su artículo 316 (segundo párrafo), plantea la figura de apología al terrorismo, que tiene como finalidad proteger la tranquilidad pública y paz social, bienes jurídicos mencionados varias veces en el proyecto y en el Dictamen que entrará a debate.
Por otro lado, resulta desmedido pensar equiparar la figura jurídica del "negacionismo", pensada en la legislación comparada (Francia y Alemania) para quienes nieguen el holocausto nazi o genocidios, con aquellos que puedan criticar una sentencia o la existencia de algunos delitos como lo establecería el referido artículo.
Por lo señalado, el IDL cree que la figura del negacionismo, además de ser peligrosa, es innecesaria en la lucha que el estado pretende emprender contra grupos como el MOVADEF, que es la principal razón por la cual fue presentada. Más allá de las razones jurídicas que invalidan esta propuesta, la principal es la de fondo: ¿ayudarán estas normas a que desaparezcan grupos como el MOVADEF?, la respuesta es negativa. Lo que ocurría sería convertir en victimas a sus integrantes.
A su vez, el IDL exhorta al Congreso a que no apruebe este proyecto que supondría un retroceso en el ejercicio de los derechos humanos en nuestro país, especialmente del derecho a la libertad de expresión.
Instituto de Defensa Legal
Notas
Ver: Comisión Interamericana, Informe sobre Terrorismo y Derechos Humanos: OEA/Ser.L/V/ll.116 Doc. 5 rev. 1 corr.22 octubre 2002

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Información: Huancavelica: El río que no cesa - 10/04/2013 10:56:00

"CNDDHH presenta documental sobre protestas estudiantiles en Huancavelica
El 21 de junio del 2011 los estudiantes de la Universidad de Huancavelica y sus familiares salieron a las calles indignados por la creación de la Universidad de Tayacaja con fondos, personal y patrimonio de su universidad. Como producto de la intervención policial en estas protestas 4 jóvenes murieron y una veintena de personas resultaron heridas. Hace dos semanas el joven Isaac Apari, ciego a raíz de la represión, se suicidó. Los afectados claman justicia.

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Es Noticia, Forzadas - 09/04/2013 10:16:10

"Por Rocío Silva Santisteban
Victoria Vigo es una guapa piurana que en 1996 dio a luz a una niña. Inmediatamente después, sin su consentimiento, fue esterilizada quirúrgicamente con una "ligadura de trompas" por los médicos del Hospital Regional mientras ella reposaba de la anestesia general por cesárea. Lamentablemente su bebita murió a los pocos días y Victoria ya no pudo tener más hijos. En 1997, en Anta, Cusco, Dolores Quispe Vásquez se dejó ligar las trompas porque una enfermera del puesto de salud había convencido a su esposo, analfabeto, de que firme un consentimiento expreso. Los funcionarios del Ministerio de Salud lo amenazaron con "hacer cumplir el contrato" y llevarlo preso si ella no se ligaba. Aún ahora cojea de la pierna izquierda. Dos años después, el 27 de marzo de 1998, la campesina de La Encañada, Cajamarca, Mamérita Mestanza, también fue esterilizada, esta vez con su consentimiento: durante varios meses enfermeras y técnicos de salud la habían visitado en su casa presionándola para que "se deje ligar las trompas". Mamérita cedió porque esas enfermeras le habían dicho que el Estado peruano iba a cobrar un impuesto por cada hijo a partir del quinto. Ella lo creyó. El 4 de abril de ese mismo año murió por una infección producto de la esterilización. Dejó siete huérfanos.
Estas son apenas tres de las cientos de miles, sí, cientos de miles de historias de mujeres que durante los años del gobierno de Alberto Fujimori fueron esterilizadas contra su voluntad ya sea porque lo hicieron mientras dormían o porque las engañaron por un grupo de operadores de salud completamente antiéticos que engañaban, mentían, exageraban, presionaban y amenazaban a las diferentes mujeres para poder cumplir con las cuotas que el Ministerio de Salud les exigía para poder cobrar sus sueldos. Como sostiene Alejandra Ballón en un blog sobre esterilizaciones forzadas: "El programa de salud pública dio como resultado la esterilización de al menos 272.028 mujeres peruanas, casi en su totalidad rurales, 18 mujeres muertas y 22.004 varones a los que se les practicó la vasectomía. Este programa se aplicó sin el consentimiento genuino de las víctimas".
El programa que llevaba el paradójico título de "La mujer es dueña de su destino" fue una política pública implementada por Resolución Ministerial Nº 071-96 SA/DM, documento que establecía cuotas y metas al personal de salud y que empezó a regir bajo la gestión de los ministros Alejandro Aguinaga, Eduardo Yong y Marino Costa Bauer, dos de ellos actuales miembros del Fuerza 2011. En la medida de que se trata de un delito generalizado y sistemático que es perpetrado por una estructura estatal puede sostenerse que se trata de "lesa humanidad" y por lo tanto no prescribe. En noviembre de 2012 el caso de las mujeres esterilizadas de Anta (1.500 personas) ha sido reabierto por la Fiscalía Supranacional y se espera poder llegar a juicio oral.
La información completa sobre los diversos casos en todo el Perú de esterilizaciones forzadas está ahora recopilada en el blog Forzadas.pe, un aporte de Demus y varias investigadoras y artistas. Se trata de un escalón contra la impunidad y un recordatorio de otro de los delitos cometidos por Fujimori que el mismo presidente Ollanta Humala deberá tener presente a la hora de evaluar el indulto, sobre todo recordando sus propias palabras: "(Las esterilizaciones forzadas) fueron una de la de formas más salvajes de violentar a una mujer".
Publicado en Kolumna Okupa del diario La República, 09/04/2013

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Es Noticia, CIDH culmina el 147 Período de Sesiones - 05/04/2013 12:56:05

"Este comunicado tiene un Anexo en que se incorpora la información recibida durante las audiencias sobre la situación de los derechos humanos en la región.
Comunidaco No. 23/13 / CIDH
Washington, D.C. , La Comisión Interamericana de Derechos Humanos celebró su 147o Período ordinario de Sesiones del 7 al 22 de marzo de 2013. La CIDH está integrada por José de Jesús Orozco Henríquez, Presidente; Tracy Robinson, Primera Vicepresidenta; Rosa María Ortiz, Segunda Vicepresidenta; Felipe González, Dinah Shelton, Rodrigo Escobar Gil, y Rose-Marie Belle Antoine. El Secretario Ejecutivo es Emilio Álvarez Icaza L.
Durante el 147o Período de Sesiones se celebraron audiencias y reuniones de trabajo, y se aprobaron informes sobre casos y peticiones individuales. Las audiencias y los informes reflejan algunos de los problemas estructurales en materia de derechos humanos que aún persisten en la región. Se refieren al respeto al derecho a la vida y la integridad personal, las garantías del debido proceso y la protección judicial, el ejercicio de los derechos económicos, sociales y culturales, así como la situación de los derechos de los niños y las niñas, los migrantes, los defensores y las defensoras de derechos humanos, los pueblos indígenas, los Afrodescendientes, las mujeres, las personas privadas de libertad y las lesbianas, los gays, y las personas trans, bisexuales e intersexuales, entre otros asuntos.
Por primera vez en su historia la CIDH celebró una audiencia solicitada por un grupo de Estados. Argentina, Brasil, Costa Rica, Ecuador, México, Panamá y República Dominicana realizaron un llamado a aquellos Estados de la región que aún no han abolido la pena de muerte a que consideren su abolición o a que declaren una moratoria como paso previo a la abolición, tal como lo planteó la Comisión en su informe "La pena de muerte en el sistema interamericano de derechos humanos: de restricciones a abolición". Asimismo, instaron a los Estados a cumplir con las medidas cautelares otorgadas por la CIDH relativas a personas condenadas a la pena de muerte. La Comisión Interamericana saluda esta iniciativa, que es un ejemplo de trabajo conjunto de los Estados y la CIDH en defensa de los derechos humanos.
La Comisión expresa su profunda preocupación ante la información recibida sobre la persistencia, en la actualidad, del fenómeno de las desapariciones forzadas en la región, y la invisibilidad en que permanece esta situación. Esto es resultado de la ausencia o ineficacia de las políticas públicas de los Estados en la materia, y en algunos casos de la negación de la existencia del fenómeno. Resulta de especial preocupación la falta de investigación sobre los casos de desapariciones, la ineficacia en la búsqueda de las personas desaparecidas y la impunidad en la que queda la mayoría de los casos. La Comisión identificó que la impunidad es un problema constante en la región, afectando gravemente el derecho a la justicia y la reparación de las víctimas y propiciando la repetición de los crímenes.
La Comisión recibió información preocupante sobre la persistencia de asesinatos, amenazas y hostigamientos contra defensores y defensoras de derechos humanos, así como actos de violencia en manifestaciones de protesta social y la criminalización de las actividades de defensa de los derechos humanos. Resulta particularmente preocupante la falta de adopción de medidas efectivas por parte de los Estados para proteger a defensoras y defensores en situaciones de grave riesgo.
En dos audiencias, la Comisión recibió información que indica que las personas afro-descendientes en Brasil y en Colombia continúan enfrentando situaciones y trato desventajoso debido a su raza, y que la interseccionalidad de raza y género agravan la discriminación contra mujeres afro-descendientes. La información recibida en estas sesiones es consistente con las conclusiones del Informe de la Comisión sobre la Situación de las Personas Afrodescendientes en las Américas sobre la situación de discriminación estructural que afecta a las personas afrodescendientes en las Américas, y que se refleja en importantes obstáculos para el goce y ejercicio de sus derechos civiles y políticos, económicos, sociales y culturales. La invisibilización de las necesidades de las personas afrodescendientes, sumado a la continuidad de estereotipos y prejuicios, contribuyen a perpetuar situaciones históricas de segregación y exclusión. La CIDH reitera la necesidad de que los Estados adopten medidas urgentes y sin dilación para abordar los obstáculos y las barreras en el ejercicio, respeto y garantía de los derechos humanos de las personas afrodescendientes en las Américas.
Por otra parte, la Comisión considera de suma preocupación la continuidad de la afectación y desconocimiento de los derechos territoriales de los pueblos indígenas en varios países de la región, la continuidad de graves afectaciones a la vida e integridad física y cultural de pueblos, comunidades y personas indígenas, la represión de acciones de protesta y manifestaciones públicas realizadas por líderes, lideresas, autoridades y miembros de pueblos indígenas en defensa de sus derechos, y las acciones de represalia o amenazas contra líderes y lideresas indígenas.
En relación con las personas privadas de libertad, la Comisión continúa profundamente preocupada por las graves situaciones de derechos humanos existentes en los centros de reclusión de todos los países de la región. Resulta de suma preocupación la información recibida en audiencias sobre el uso excesivo de la prisión preventiva, la utilización del aislamiento solitario, así como las condiciones de detención en Cuba y en la Base Naval de Guantánamo, Estados Unidos. En particular, la CIDH expresa su profunda preocupación por la práctica existente en Estados Unidos de recluir a niños menores de 18 años en cárceles para adultos, sin una separación efectiva entre ellos. Preocupa también a la Comisión los abusos, violaciones sexuales, y tratos crueles, inhumanos y degradantes, como el aislamiento solitario. La Comisión urge a Estados Unidos a identificar e implementar de manera urgente un mecanismo federal que identifique como niño o niña a toda persona menor de 18 años, evitando que puedan ser juzgados como adultos o recluidos junto con adultos.
En varias audiencias se recibió información preocupante sobre la situación del derecho a la libertad de expresión en varios países. Agresiones a periodistas, legislación violatoria del derecho a la libertad de expresión, ausencia de marcos regulatorios que reconozcan las radios comunitarias, cierre de medios a través de procesos administrativos y judiciales, son algunos de los problemas sobre los cuales se recibió información durante las sesiones.
En relación con los derechos de las lesbianas, los gays, y las personas trans, bisexuales e intersex, preocupa a la Comisión la existencia de centros para "curar" la homosexualidad, en los que se coacciona u obliga a las mujeres lesbianas jóvenes y adultas a ingresar a estos centros y se las sujeta a toda forma de violencia, incluida la de índole física y sexual. Asimismo, se recibió con preocupación información sobre intervenciones médicas a las que son sometidos los niños intersex por el hecho de que sus cuerpos se diferencian de un cuerpo estándar masculino o femenino, sin aguardar a una edad en que puedan dar su consentimiento. Estos procedimientos no son médicamente necesarios, se realizan por razones cosméticas, y suelen tener efectos irreversibles, incluyendo insensibilidad genital, esterilización y dolor crónico. La CIDH urge a los Estados a adoptar medidas urgentes para revisar estas intervenciones médicas a personas menores de 18 años a la luz del derecho de toda persona a la integridad personal, la dignidad, la privacidad, la identidad, la autonomía, el acceso a la información, los derechos sexuales y reproductivos y la salud.
Asimismo, se recibió información preocupante sobre la situación de los derechos de las mujeres, en especial por la persistencia de la violencia contra las mujeres en las Américas y la impunidad en que quedan estos crímenes. En las audiencias se escuchó información preocupante sobre los obstáculos legales y prácticos que persisten para el ejercicio de los derechos sexuales y reproductivos, los obstáculos en el acceso a la justicia para mujeres víctimas de violencia, el creciente problema de la trata de personas, y la interseccionalidad en la discriminación contra mujeres afrodescendientes, mujeres indígenas, mujeres pobres y mujeres lesbianas, quienes se encuentran invisibilizadas en la formulación de legislación, políticas públicas y programas estatales.
En diversas audiencias temáticas, la Comisión recibió información profundamente preocupante sobre derechos económicos, sociales y culturales. Entre ellos se encuentra la falta de tratamiento adecuado para personas indígenas LGTBI que viven con VIH, el vínculo entre discriminación contra comunidades en situación de vulnerabilidad y su ejercicio de los derechos al trabajo, a la salud y a la tierra, la intersección entre el derecho a vivir libre de discriminación y el ejercicio de los derechos económicos y sociales para diferentes grupos, incluyendo las mujeres, las personas indígenas y afrodescendientes, entre otros. Asimismo, se recibió información preocupante que indica que un alto porcentaje de los casos de mujeres y niñas que se someten a abortos ilegales o que son acusadas de violar las leyes que criminalizan el aborto, son resultado de la pobreza y de un acceso inefectivo al derecho a la salud.
La CIDH celebró audiencias de países y destaca su profunda preocupación por la información recibida sobre los graves desafíos que enfrenta el Programa Nacional de Resarcimiento para las víctimas del conflicto armado interno en Guatemala, y sobre la falta de avances en República Dominicana respecto a la situación que enfrentan las personas dominicanas de origen haitiano y las violaciones que sufren en sus derechos humanos, en especial su derecho a la nacionalidad, generando situaciones de apatridia. Respecto a Guatemala, la Comisión hace un llamado al Estado a adoptar las medidas necesarias para garantizar la continuidad de dicho programa y para asegurar que se implementen efectivamente las medidas que garanticen una reparación integral, con pertinencia cultural y de género, a las víctimas del conflicto armado. Respecto a República Dominicana, la Comisión Interamericana continuará utilizando todos los mecanismos a su alcance para dar seguimiento a esta grave situación mientras la misma persista, e insta al Estado a adoptar las medidas necesarias para resolverla.
Este comunicado tiene un anexo en que se incorpora la información recibida durante estas sesiones sobre la situación de los derechos humanos en la región.
La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.

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Es Noticia, Una publicación necesaria: Análisis crítico de la consulta previa en el Perú - 05/04/2013 12:45:14

"(Por Servindi).- Una publicación muy necesaria para entender el proceso de la consulta previa en el Perú acaba de aparecer. Se trata del Análisis crítico de la Consulta Previa en el Perú. Informes sobre el proceso de reglamentación de la Ley de Consulta y del Reglamento que puede ser descargado libremente desde la internet.
La publicación lleva el sello correspondiente al Grupo de Trabajo sobre Pueblos Indígenas de la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos y ha sido editada en específico por César Gamboa Balbín y Sébastien Snoeck, miembros de la asociación Derecho, Ambiente y Recursos Naturales (DAR).
El texto de 76 páginas recoge los dos informes que el citado Grupo de Trabajo presentó a la opinión pública en el proceso de reglamentación de la Ley de Consulta, Ley N°29785, con la finalidad de corregir los errores procedimentales y conceptuales que se producían en el proceso.
El primero es el informe "Observación del Proceso de Consulta Previa del Reglamento de la Ley del Derecho a la Consulta Previa a los Pueblos Indígenas u Originarios, reconocido en el Convenio N° 169 de la Organización Internacional del Trabajo , OIT, Ley Nº 29785".
El segundo es el informe "Análisis del Reglamento de la Ley de Consulta Previa, Decreto Supremo N°001-2012-MC, del 17 de mayo de 2012", con la finalidad de difundir la posición constructiva de la sociedad civil para materializar tan importante derecho.
El documento advierte el importante rol desempeñado por las organizaciones indígenas en el proceso de reconocimiento legal de sus derechos y destaca la necesidad de continuar con la defensa de esos derechos, dejando de lado intereses subalternos.
Dicha tarea compete no solo a las propias organizaciones indígenas, sino también a las organizaciones de la sociedad civil, "bajo un rol colaborador y veedor del proceso de la implementación de la consulta en el Perú".
La introducción observa que ambos informes fueron difundidos en fechas críticas para el proceso de reglamentación de la Ley de Consulta y son fiel testimonio de un proceso que padeció de muchos problemas de forma y fondo; entre estos la falta del compromiso para recoger la demanda indígena y respetar acuerdos entre autoridades y organizaciones indígenas.
De los informes se concluye que aún es insuficiente lo que ha hecho el Estado peruano, por lo que es importante rectificar los alcances legales, institucionales y políticos del marco legal de consulta "con la idea de minimizar las situaciones discrecionales de la autoridad y aplicar claramente este derecho a favor de los pueblos indígenas".
Si bien la Ley N° 29785 fue saludada por el Relator Especial de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, la sociedad civil y el sector privado, el Reglamento "vacía de contenido" y genera dudas para la implementación de este importante derecho.
Por ello el consenso inicial en torno a la ley que se avizoraba como "un paso importante para la construcción de nuevas reglas de juego en las inversiones y también en las relaciones entre el poder político, los actores económicos y la ciudadanía" ha quedado incierto, en particular en lo que se refiere a la consulta en el sector minero energético.
Son miembros actuales del Grupo de Trabajo sobre Pueblos Indígenas de la CNDDHH las siguientes instituciones:
Asociación Paz y Esperanza.
Asociación Pro Derechos Humanos (APRODEH).
Centro Amazónico de Antropología y Aplicación Práctica (CAAAP).
Centro de Derechos y Desarrollo (CEDAL).
CooperAcción
Comisión Episcopal de Acción Social (CEAS).
Derecho, Ambiente y Recursos Naturales (DAR)
Forum Solidaridad Perú (FSP)
Fundación Ecuménica para el Desarrollo y la Paz (FEDEPAZ)
Instituto de Defensa Legal (IDL)
Instituto del Bien Común (IBC)
Servicios Educativos Rurales (SER)
Servicios en Comunicación Intercultural SERVINDI.

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Que opina usted? 5 de abril: Verdad, Justicia y Reparación para las víctimas de esterilizaciones forzadas - 05/04/2013 11:49:07

"Activistas de derechos humanos lanzan plataforma digital FORZADAS.PE
A 21 años del inició de la dictadura de Alberto Fujimori, se lanza la plataforma digital FORZADAS.PE para informar y promover verdad, justicia y reparación a las miles de víctimas de la esterilización forzada en el Perú durante los años 1996-2000, hasta hoy impunes.
Durante este período, bajo la consigna "La mujer es dueña de su destino" se esterilizó en su mayoría a mujeres como una estrategia para controlar la natalidad y disminuir la pobreza, dejando como saldo muertes, daños a la salud física, mental, sexual y reproductiva, y estigmatización a las víctimas y sus familiares.
En la actualiad se investiga el caso como crimen de lesa humanidad, pero sin los recursos que garanticen idoneidad, celeridad y acceso a la justicia. Además, hasta la fecha, el poder ejecutivo no cumple con brindar reparación integral a las víctimas.
En una coyuntura en la que se espera la respuesta del Presidente Humala a la solicitud de indulto a Alberto Fujimori, la plataforma FORZADAS.PE busca contribuir a la construcción de la memoria colectiva para que estos hechos nunca más se repitan, para que no se diga que esta política no existió y aportar así a que sus víctimas accedan a justicia y reparación.
Este portal ofrece investigaciones, artículos de análisis, noticias y material audiovisual alrededor de esta grave violación de los derechos reproductivos que afectó fundamentalmente a mujeres pobres y de zonas rurales o urbano-populares, información que no solo está destinada a la sociedad civil sino también al Estado.
Al respecto, el Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas acaba de recordarle el deber de asignar suficientes recursos económicos, humanos y técnicos a los órganos encargados de la investigación para garantizar que los responsables sean llevados ante la justicia y sancionados, además de garantizar que todas las víctimas reciban formas adecuadas de reparación sin más retrasos. En esa medida, es urgente que el Estado cree una Fiscalía Ad hoc, pida perdón como reparación simbólica y modifique el registro de las víctimas para agilizar su acreditación y atención integral.
FORZADAS.PE es una iniciativa impulsada por organizaciones de sociedad civil como el CLADEM-Comité de América Latina y El Caribe para la Defensa de los Derechos de las Mujeres, la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos, CMP Flora Tristán, Demus , estudio para la defensa de los derechos de las mujeres, (…) y activistas por los derechos humanos como Cynthia Astudillo, Alejandra Ballón-Gutierrez, Lucía Cuba, Rosemarie Lerner, ….
Lima, 5 de abril de 2013

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Interesante, Heridos denuncian a altos mandos militares por sucesos durante el paro agrario del 2003 en Barranca - 04/04/2013 15:18:02

" ¡NI UN MUERTO MÁS!
Heridos denuncian a altos mandos militares por sucesos durante el paro agrario del 2003 en Barranca
La Coordinadora Nacional de Derechos Humanos (CNDDHH) acompaña a los heridos en la denuncia a altos mandos militares por los delitos de lesiones graves cometidos en mayo del 2003, en la provincia de Barranca (departamento de Lima). La intervención de las fuerzas armadas se efectuó en el marco del estado de emergencia a nivel nacional, a raíz de las movilizaciones masivas convocadas por el gremio agrario y el magisterio, en el gobierno del entonces presidente Alejandro Toledo.
Como producto de la intervención del ejército, básicamente con armamento de guerra como fusiles Galil, se registraron 117 heridos a nivel nacional, 27 de ellos en Barranca. Entre los heridos de mayor gravedad se encuentran Juan Luis Li Valencia (21 años en el momento que fue herido, perdió el ojo izquierdo), Yoni Milton Aguirre Gutiérrez (20 años, perdió la pierna izquierda), Justo Mario Bolívar Calzado (33 años, quedó parapléjico) y Kenllu Jairo Sifuentes Pinillos, que tenía apenas 12 años cuando una bala lo alcanzó en el pulmón izquierdo. Hasta el momento, no han logrado acceder a ningún tipo de reparación y, mucho menos, a la justicia.
Recordamos que en el 2007 concluyó un proceso seguido contra el oficial que estuvo directamente a cargo de la brigada del ejército que reprimió a los manifestantes. El oficial fue absuelto por considerarse que actuó amparado por la obediencia debida y en legítima defensa. Precisamente, los oficiales a cargo de los operativos comunicaron a sus superiores que no contaban con el equipo adecuado para intervenir en una situación de protesta social, estando desprovistos de cascos de acero y fibra, así como de equipos antidisturbios. Los oficiales superiores lo conminaron a actuar a pesar de que había planteado estas deficiencias mediante comunicaciones escritas, que han sido perfectamente documentadas.
Por ese motivo denunciamos a los altos mandos que dieron la orden de desbloqueo de la carretera, pese a haber tenido conocimiento de que los efectivos militares únicamente contaban con armamento de guerra. Los mandos militares actuaron dolosamente al tener conocimiento de la carencia de equipos antimotines y ordenar el desbloqueo.
La denuncia alcanza al General de Brigada EP URÍAS FELIPE PRADO LA ROSA, Comandante General EP de la 18 Brigada Blindada; el Coronel de Infantería EP RAFAEL MOISES LA ROSA GUEVARA, Jefe del Estado Mayor Operativo de la 18 Brigada Blindada; el Comandante General EP JOSÉ GRAHAM AYLLÓN de la Región Militar Centro, y el General de Brigada EP LEONEL CABRERA PINO, Segundo Comandante General EP de la Región Militar Centro.
La denuncia se hará el viernes 5 de abril a las 12 30 en el Ministerio Público de Barranca, a cargo de Hayley Reyna y Miguel Jugo, abogados de la CNDDHH, quienes brindarán declaraciones a los medios.

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Noticia, Condenan a sanguinario "Motosierra" - 02/04/2013 11:48:31

"Cromwell Espinoza, alias Carlos Esparza, pero más conocido como motosierra ,por las versiones de testigos que refieren que descuartizaba a sus víctimas, fue finalmente condenado la semana pasada. Paz y Esperanza, con el apoyo y acompañamiento de la CNDDHH, ha llevado el caso y considera que esta condena es un avance para la justicia en el país.
El 12 de julio de 1992, Marcos Torres Aquino observaba el desfile escolar donde su hija, Jenny de entonces seis años, participaba. En esos momentos fue detenido y conducido por efectivos militares a la Base Militar de Aucayacu (en la provincia de Leoncio Prado, departamento de Huánuco). La mujer de Marcos Torres, Dionisia Retis, se dirigió desesperada a la base y el entonces jefe Carlos Esparza ,quien en realidad se llama Cromwell Espinoza Sotomayor- le comunicó que su esposo no se encontraba allí, que había escapado por el río, razón por la cual le habían disparado, y que lo podía buscar "por ahí" o que esperase a que llegara a su casa. Desde entonces Marcos Torres está desaparecido.
Esta desaparición fue denunciada en la fiscalía especializada de la Defensoría del Pueblo en Huánuco, y luego tomada en cuenta en las investigaciones de la Comisión de la Verdad y Reconciliación (CVR). Sin embargo, es recién en el 2006 que se inicia una investigación de mayor profundidad, cuando la fiscalía logra dar con la verdadera identidad de Carlos Esparza, denunciándolo y acusándolo finalmente.
En el desarrollo del juicio el acusado admitió ser Carlos Esparza, haber sido el jefe de la Base Militar de Aucayacu el 12 de Julio de 1992 y haber participado y dirigido el desfile escolar de esa fecha, sin embargo negó conocer el caso y haber dispuesto detención alguna. Durante el juicio, no obstante, los testigos establecieron (1) la identidad del acusado, (2) la existencia de Marcos Torres, (3) la presencia de ambos en el desfile del 12/07/1992, (3) la detención de Marcos Torres por los militares, (4) el traslado de la víctima a la base militar, (5) la ausencia de la PNP en el desarrollo del desfile, (6) el control absoluto de la zona por parte de las FFAA, (8) la detención de personas por parte de los militares, (9) la inoperancia de las FFAA para investigar los hechos denunciados y (10) la pérdida gravísima y el impacto familiar que produjo la desaparición de Marcos Torres para su familia. Por todo ello, la Sala integrada por las Doctoras Bendezú, Cano y Benavides emitió una condena, por mayoría, de diez años de cárcel para el acusado, así como el pago de 80 000 nuevos soles a favor de los familiares como indemnización.
Además de ello, los testimonios de los pobladores de Aucayacu señalaron a Carlos Esparza como el más sanguinario de los jefes militares. Toribio Debarbiere brindó el siguiente testimonio al Diario La República el 2006:
"Yo le fui a reclamar por mi hijo de 21 años a la base militar de Aucayacu", dijo Toribio Debarbiere a La República: "Unos desconocidos le pidieron a mi hijo que los llevara a la localidad de Pacae. Allí se bajaron y mataron a balazos a una mujer. Mi hijo regresó a la casa y me contó lo que pasó. A la semana llegó el Ejército, nos amarraron a todos y se llevaron a mi hijo. Lo fuimos a reclamar a la base, le preguntamos a "Esparza" y nos respondió que no había mandado a ninguna patrulla a mi casa. Una semana después, un domingo por la mañana, encontramos su cuerpo en el río Aucayacu, sin manos y sin cabeza. Lo habían cortado con motosierra. Pero no estaba solo el cuerpo de mi hijo. Había otros 20, todos cortados. A mi hijo lo reconocí porque tenía una cicatriz de lo que se había caído de la moto y por la forma de sus pies. Además, llegué a encontrar su cabeza, pero no así sus manos"[1].
Se calcula que existen más de cincuenta denuncias en Tingo María contra Carlos Esparza.
Esta sentencia condenatoria es una muestra de que sí es posible determinar la responsabilidad penal de los perpetradores de crímenes contra los derechos humanos, a pesar de las dificultades probatorias por el paso del tiempo. Los argumentos y criterios en que se sustenta la sentencia deberán de servir de precedente en todos los casos que aún se encuentran en juicio. Consideramos que la sentencia es un buen mensaje para los familiares de las víctimas en tanto evidencia que la justicia puede imponerse, que pueden seguir abrigando esperanzas de que se sancionará, finalmente, a quienes les arrebataron a sus seres queridos.
Dato: La Base Militar de Aucayacu se encontraba bajo el mando del batallón contrasubversivo Los Laureles, que a su vez respondía al frente Huallaga con sede en Tarapoto. La investigación de Los Laureles la lleva el Instituto de Defensa Legal (IDL).
[1] http://www.larepublica.pe/11-09-2006/yo-soy-el-capitan-carlos-esparza

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