Información: Trabajadores con familiares directos graves tendrán derecho a siete días de licencia - 27/04/2013 1:21:25
"La medida se aplicará cuando el hijo, padre o madre, cónyuge o conviviente del empleado, tenga su vida en riesgo, según norma publicada en El Peruano.Todo trabajador de la actividad pública o privada que tenga un familiar directo diagnosticado en estado grave o que sufra un accidente que pongan en riesgo su vida, tendrá derecho a una licencia de siete días con goce de haber, para asistirlo, según la Ley 30012 publicada hoy en el diario oficial El Peruano.
La norma, promulgada por el Congreso de la República, se aplicará cuando el familiar directo enfermo sea el hijo del trabajador, el padre o la madre, el cónyuge o el conviviente, en estado grave o terminal, o cuya vida esté en riesgo.
De ser necesario más días de licencia, estos serán concedidos por un lapso adicional no mayor de 30 días, a cuenta del derecho vacacional, añade la ley que lleva la rúbrica del presidente del Congreso, Víctor Isla.
Si existiese una situación excepcional que haga ineludible la asistencia al familiar enfermo, fuera de los plazos ya indicados, se podrá compensar las horas utilizadas para dicho fin con horas extraordinarias de trabajo, previo acuerdo con el empleador.
Para obtener este derecho, el trabajador debe comunicar al empleador dentro de las 48 horas de producido o conocido el suceso, adjuntando el certificado médico suscrito por el profesional de la salud autorizado, con el que se acredite el estado grave del familiar directo.
La norma indica que el Poder Ejecutivo reglamentará la Ley en un plazo no mayor de 30 días hábiles desde su entrada en vigencia.
Diario Gestión (27/04/2013)
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Interesante, Compara la comisión que pagas en tu AFP - 27/04/2013 1:19:24
"Afiliados de Horizonte pagarán una comisión menor si son trasladados a Integra o a Profuturo. Prima es la que aplica el cargo más bajo sobre el sueldo.Las comisiones que cobran las AFP por administrar su pensión son de dos tipos: Sobre la remuneración y sobre el fondo (esta última será mixta por diez años ,un porcentaje del sueldo y otro del fondo, y se aplicará desde junio).
Horizonte tiene, actualmente, el cargo más alto *, por lo que, tras ser adquirida por Integra y Profuturo, los afiliados se beneficiarán con un menor pago. La primera cobra *1.74% y la segunda, 1.84%.
César Chang, gerente de Operaciones de Integra, señaló que dentro de diez días se informará a los afiliados de Horizonte si serán trasladados a Integra o a Profuturo. El cambio se ejecutará en seis meses.
La comisión más baja del mercado, remarca el economista Jorge Guillén, es la de Prima AFP: 1.60%.
La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS)ya informó que cualquier afiliado, ya sea de Horizonte u otra AFP, puede migrar de administradora en cualquier momento.
La Nueva Comisión
Para la comisión mixta la comparación es más complicada, pues incluye dos variables: un cálculo sobre la remuneración y otro sobre el fondo.
Aquí Horizonte también es más cara que las AFP compradoras. Pero el cobro más barato es el de Habitat, administradora que empezará a operar desde junio en el país.
A inicios de año la SBS informó que en marzo o abril publicaría una aplicación que integrará las dos variables en una comisión equivalente, para que el afiliado compare entre las AFP. Pero aún no la ha dado a conocer.
Hay que recordar que el 31 de mayo vence el plazo para que los afiliados expresen su deseo de permanecer en el esquema por sueldo o migrar al sistema mixto.
Diario Peru21 (27/04/2013)
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Que opina? Agilizan expedientes laborales - 26/04/2013 11:46:38
"A inicios de 2013, la Defensoría del Pueblo recibió varias quejas por la demora en la redistribución de más de 8,000 expedientes hacia los juzgados laborales transitorios de Lima.Tal situación revelaba la inadecuada aplicación de la Nueva Ley Procesal de Trabajo en la Corte de Lima, en cuanto al inicio efectivo de labores de los nuevos órganos jurisdiccionales competentes.
En ese marco, se verificó que el problema radicaba en la insuficiencia de personal disponible, teniéndose un 36.95% de avance y un retraso de aproximadamente un mes. Además, se comprobó el malestar de los litigantes, a quienes ,sin explicación, se les pedía regresar en 30 días. Ante ello, se recomendó al presidente de dicha corte adoptar medidas para superar la situación.
En respuesta, la entidad asignó hasta 20 servidores de apoyo exclusivo y monitoreado. Con la redistribución en progreso, se corroboró el retraso en 280 expedientes por omisiones de foliado desde los órganos jurisdiccionales de origen. Por último, se verificó que la tarea de la Central de Distribución General de la Corte Superior de Justicia de Lima se había completado satisfactoriamente.
Diario El Peruano (26/04/2013)
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Es Noticia, Atención empresas: Cinco requerimientos con mayor supervisión de la Sunat - 26/04/2013 11:43:30
"La administración tributaria aumentó sus controles para: gastos sin sustento, adelantos del impuesto a la renta, costos de producción, mermas y desmedros, y operaciones entre firmas vinculadas.Las empresas peruanas, para el 2013, se han visto obligadas a aumentar sus recursos para atender mayores exigencias de la Sunat, aseguró Moisés Villaverde, gerente senior de PricewaterhouseCoopers, quien detalló cinco materias:
1. Disposición indirecta de rentas
Las empresas disponen indirectamente de rentas cuando incurren en gastos que: benefician a los accionistas, son ajenos al negocio, o se sustentan en comprobantes de pago falsos, no fidedignos, o emitidos por sujetos no habidos o con baja definitiva de RUC.
"La administración está presumiendo que todos los gastos que no cumplen con los requisitos mínimos de información son dividendos pagados a los accionistas y deben pagar 4.1% del Impuesto a la Renta (IR). Pero muchos gastos sí se han efectuado y no beneficiaron a los dueños", observó el gerente.
Las dietas o pagos extraordinarios de los directores de las empresas son deducibles en el cálculo del IR, aclaró, siempre que no excedan el 6% de la utilidad comercial.
2. Pagos a cuenta
La autoridad tributaria ,comentó el especialista- está notificando a las empresas para que regularicen los pagos a cuenta, es decir, los adelantos mensuales del IR que son calculados como porcentaje de un coeficiente (equivalente al impuesto calculado entre los ingresos netos).
"El Programa de Declaración Telemática (PDT) determina automáticamente el IR por pagar. No debería aplicarse sanciones porque el sistema está induciéndote a error. La Sunat dio marcha atrás para el cobro de multas, pero no respecto a los intereses. No debería cobrar ninguno", señaló.
3. Costos de ventas
Villaverde advirtió que la administración está solicitando libros y registros contables para supervisar los pagos a los proveedores. "A partir del 2013 comenzó a requerir los comprobantes de pago. Antes se sustentaban solo las ventas, pero ahora también los costos de producción", acotó.
4. Mermas y desmedros
Las mermas son las pérdidas de volumen, peso o cantidad de las existencias, que deben demostrarse con un informe técnico; mientras que el desmedro es de orden cualitativo, por ejemplo, cuando expiran las medicinas, y debe sustentarse con un acta de destrucción ante Notario Público o Juez de Paz.
5. Transacciones entre partes vinculadas
La administración tributaria está poniendo especial atención a operaciones las entre empresas vinculadas.
"Por ejemplo, suponiendo que existen dos firmas del mismo grupo empresarial, una con utilidades y otra con pérdidas. La primera puede girar un recibo a la segunda por una transacción nunca realizada, reduciendo sus ganancias y los impuestos por pagar", explicó Villaverde. La Sunat ,añadió- no solo verifica los comprobantes de pago, sino la prestación efectiva de los servicios.
Dato:
Si se mantiene la estructura de ingresos y gastos, los pagos a cuenta deben sumar un monto similar al IR por pagar al final del ejercicio contable anual.
Diario Gestión (26/04/2013)
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Que opina? ¿Cómo acercarse a su jefe cuando surgen conflictos en la oficina? - 26/04/2013 11:39:12
"Si el conflicto nace a raíz de incovenientes con los compañeros de trabajo, el empleado debe, en primer lugar, hablar con ellos directamente antes de considerar una reunión con su supervisor.Como en cualquier lugar lleno de relaciones interpersonales, un lugar de trabajo puede contar con una amplia gama de conflictos, es importante saber enfrentarlos por sí mismos, sin embargo, cuando ello no es posible dado a la dimensión del problema, es indispensable establecer un acercamiento con su superior.
En ese sentido, Forbes recomienda seguir las siguientes pautas para saber cómo hacerlo.
Piense en posibles soluciones antes de acercarse a su jefe.
Recuerde que su jefe ya tiene todo un conjunto de problemas, por tanto, no necesita otra preocupación. Si surge algún conflicto en la oficina, converse con su superior acerca de eventuales alternativas de solución, y procure no incrementar su carga.
Proponerle algunas vías para enfrentar algunos obstáculos, reforzará su reputación de liderazgo.
Calcule los riesgos.
Es importante evaluar su situación en la oficina en relación con sus compañeros de trabajo, al hacer sus propios cálculos riesgo-recompensa. Si convertirse en el héroe de la oficina lo convierte en un colega poco confiable, entonces pregúntese si realmente vale la pena.
Conozca su tiempo.
Evite establecer contacto con su jefe, luego de que él haya tenido una mala pasada. Los momentos posteriores a la hora del almuerzo, por ejemplo, son ideales para iniciar una conversación.
Pida ayuda
Procure acercarse a su jefe con una actitud fría y serena.
Si se trata de una situación de emergencia y no puede esperar mucho tiempo, entonces pregúntele cuándo tiene tiempo para una pequeña cita, así usted podrá poner sus pensamientos en orden en torno a lo que desee hablar.
Almuercen juntos
El almuerzo proporciona un espacio distinto al del trabajo. Se trata de un ambiente más informal, donde su jefe se sentirá más relajado y podrá centrarse en los temas que desee abordar.
Prepárese
Si conversa con su jefe para informarle sobre algún problema con sus compañeros de trabajo o clientes, cuente con información objetiva para fundamentar sus afirmaciones. Deje de lado el aspecto emocional, en la medida de lo posible.
Mantenga su profesionalismo
No hay nada peor que hablar con su jefe sobre un conflicto de trabajo cuando usted está molesto. Primero cálmese y procure controlar sus emociones.
Ajuste los cabos sueltos
Es indispensable ajustar los cabos sueltos antes de acercarse a su jefe. Si ha tenido problemas con compañeros de trabajo o clientes, procure solucionarlos por su propia cuenta de manera profesional. Recuerde que su jefe buscará conversar con la otra parte, luego de haber entablado un acercamiento con usted. Cuando ello suceda, ¿qué comentarios girarán en torno suyo?
Admita su culpa
Cada vez que surge un conflicto, es dudoso que una persona sea responsable en un 100%. Admita parte de su culpa. Su superior apreciará su honestidad.
Escuche consejos
Sea receptivo a las ideas de otras personas en torno a cómo resolver un conflicto. A veces puede ser difícil dar marcha atrás para recibir otro punto de vista, pero escuche distintos enfoques.
Asegúrese de agradecerle a su jefe por su tiempo, y luego trate de poner en práctica su sugerencia.
Diario Gestión (26/04/2013)
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Que opina? Puede mi jefe revisar mi correo electrónico ¿Público o Privado? - 26/04/2013 6:27:53
"La mayoría de veces cuando ingresamos a una empresa a laborar, se nos asigna un correo corporativo que muchas veces es la inicial de tu nombre seguido de tu apellido más un arroba y el dominio de la empresa (mtorres@noticierocontable.com).Privacidad del correo electrónico
Si bien es cierto la empresa es quien nos brinda el correo electrónico, eso no quiere decir que la empresa puede de forma autoritaria revisar la bandeja de entrada, correos enviados, contactos, etc de dicho correo corporativo. No lo puede hacer porque muchas veces dicho correo lo usamos para temas personales, reuniones con clientes, permisos privados con tu jefe directo, justificaciones de inasistencias, quiere decir que es un medio privado de comunicación.
Por lo tanto si el email corporativo es un medio privado tuyo, lo ampara un derecho constitucional que se menciona en el inciso 10) del artículo 2 de la constitución política del Perú:
"Artículo 2.- Toda persona tiene derecho:
…
10. Al secreto y a la inviolabilidad de sus comunicaciones y documentos privados. Las comunicaciones, telecomunicaciones o sus instrumentos sólo pueden ser abiertos, incautados, interceptados o intervenidos por mandamiento motivado del juez, con las garantías previstas en la ley. Se guarda secreto de los asuntos ajenos al hecho que motiva su examen.
Los documentos privados obtenidos con violación de este precepto no tienen efecto legal.
Los libros, comprobantes y documentos contables y administrativos están sujetos a inspección o fiscalización de la autoridad competente, de conformidad con la ley. Las acciones que al respecto se tomen no pueden incluir su sustracción o incautación, salvo por orden judicial.
…"
La historia de Miguel
Les voy a contar una pequeña historia, Miguel Torres trabaja en el área de marketing de una empresa, dicha área está formada por 10 colaboradores, siendo miguel el único varón en dicha área, la empresa habilita a cada trabajador con un correo corporativo.
Miguel utiliza este medio para mandar piropos, frases románticas, cartas de amor a sus compañeras de trabajo; las trabajadoras al sentirse acosadas por los correos han hecho llegar sus quejas al jefe directo del área y al área de recursos humanos, para lo cual este último decide revisar el correo corporativo de Miguel para verificar dichos hechos. Luego de unos días despiden a Miguel por dichos reclamos al verificar los correos electrónicos en la máquina del trabajador.
Ley Laboral vs La constitución
Si bien es cierto Miguel Torres es acusado de haber utilizado de forma indebida recursos privados (el correo electrónico) dentro del horario de trabajo y para fines personales (envío de piropos, frases a sus compañeras de trabajos), teniendo sustento en el inciso a) del artículo 25 de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral:
a) El incumplimiento de las obligaciones de trabajo que supone el quebrantamiento de la buena fe laboral, la reiterada resistencia a las órdenes relacionadas con las labores, la reiterada paralización intempestiva de labores y la inobservancia del Reglamento Interno de Trabajo o del Reglamento de Seguridad e Higiene Industrial, aprobados o expedidos, según corresponda, por la autoridad competente que revistan gravedad.
Sobre este caso el Tribunal Constitucional ya se ha pronunciado (EXP. N.° 1058-2004-AA/TC), menciona que si bien es cierto el correo corporativo es de la empresa, se prioriza los derechos fundamentales del trabajador en el sentido que si bien es cierto la falta es grave, deben de respetarse los derechos constitucionales y si la empresa está en el necesidad de fiscalizar y sancionar debe realizarlo debiendo respetar los derechos constitucionales que menciona el artículo 2 de la constitución. En dicho expediente el tribunal constitucional declara inconstitucional el despido del trabajador.
Recomendación para las empresas
Pero quizás tú como empleador te preguntes, como puede verificar dicho medio de comunicación (correo electrónico), a fin de prevenir fuga de información, mal uso del correo, acoso laboral, etc; yo te daría dos recomendaciones:
a) El empleador debe tramitar por mandato judicial que autorice la revisión del correo del trabajador (artículo 2° de la Constitución); o,
b) El empleador debe mencione con claridad a sus trabajadores que el correo corporativo sólo puede ser usado para las labores propias del puesto laboral, y, por consiguiente, el empleador puede fiscalizar dicho uso a fin de determinar el uso adecuado. Si este último punto lo detallaras en el Reglamento Interno de Trabajo o en el Contrato de Trabajo seria genial.
Conclusión
En conclusión nadie puede revisar tu correo electrónico corporativo, ni la empresa misma que te lo otorga como condición de trabajo, solo se podrá hacerlo por mandato judicial o si dio proceso de fiscalización haya sido mencionado al trabajador en el RIT o Contrato de Trabajo.
Miguel Torres Chauca
Amigo puedes copiar este articulo en tu blog o pagina web, solo no te olvides de colocar el autor y la fuente (www.noticierocontable.com), en base al Decreto Legislativo Nº 822.
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Que opina usted? Visa: "Traeremos una tarjeta prepago masiva vinculada al celular" - 25/04/2013 12:14:05
"La firma propone una plataforma para pagos móviles, que involucre a todas las entidades financieras y a las compañías de telecomunicaciones. Gestión habló con José María Ayuso, su director ejecutivo de Producto para América Latina y el Caribe.¿Cuántas personas podrían incorporarse al uso de tarjetas en el Perú?
La economía peruana está creciendo por encima del promedio de la región, y si se pasa del actual nivel de bancarización de la población de 20% a un 40%, el número de personas con tarjetas podrá duplicarse.
¿Qué se requiere para esta mayor bancarización?
Se necesita la voluntad política del Gobierno, que ya existe, y luego, que las instituciones financieras sigan al Gobierno.
La economía peruana viene creciendo sostenidamente. ¿Cómo están aumentando las tarjetas para el sector de mayores ingresos?
Tenemos productos para todos. Desde hace tres años hemos segmentado el sector afluente. Ahí tenemos la tarjeta Visa Infinite para las personas de altos patrimonios. Luego tenemos la Visa Signature y Visa Platinum para clientes de ingresos superiores a los US$ 60,000 y que tienen muchos beneficios. La tarjeta Oro ahora es para la clase media, luego vienen las tarjetas clásicas y las de débito, que pretenden llegar a mucha gente. Pero la tarjeta prepago asociada a un teléfono móvil será la más masiva; es un producto que vamos a traer al Perú.
¿Cuándo lanzarían este nuevo producto?
Estamos trabajando en esta tarjeta Visa Mobil Retail, y su llegada dependerá mucho de los acuerdos con los bancos y otros actores del mundo móvil.
¿Qué experiencia tiene Visa en otros países en el negocio de pagos a través de celular?
Desde hace mucho Visa está en el camino del uso de celulares para pagos. Precisamente, en esta visita al Perú, estoy trayendo una propuesta para una plataforma de pago móvil que sea para toda la industria, para todo el país. Tenemos muy buenas experiencias en África y Asia y un proyecto exitoso en Guatemala; me encantaría que acá tuviéramos un proyecto grande.
¿En qué consiste esta plataforma para toda la industria?
Involucraría a todos los bancos, a las compañías de telecomunicaciones (Telecom) e incluso a programas sociales del Gobierno
¿Qué implicaría este proyecto en cuanto a infraestructura e inversión?
Perú ya tiene una estructura de tarjetas razonablemente buena, la cual se tendría que complementar con una plataforma móvil, lo que podría significar que se asocie todas las tarjetas existentes a un número de teléfono móvil, y así, a través del celular, se pueden hacer pagos y envíos de dinero.
¿Este esquema ayudaría a la bancarización?
Sí, porque personas que normalmente no entrarían al sistema, que no tienen cuenta ni tarjeta en las entidades financieras, podrían bancarizarse vía el teléfono móvil, que tiene costos operativos más bajos.
¿Percibe interés de los bancos peruanos en incorporar esa tecnología de manera rápida?
Cada vez hay más, creo que hay mucha voluntad por parte del sistema financiero peruano para que eso suceda. Ahora hay proyectos pequeños, pero el problema es que estos esfuerzos aislados no funcionan. Tiene que ser un esfuerzo de industria.
¿Por qué tendría que ser un esfuerzo de industria?
Ya hemos visto en otros lugares que las empresas de telecomunicaciones que quisieron hacer el negocio de pagos móviles fracasaron al igual los proyectos de algunos bancos. La clave es la alianza de bancos, Telecom y Visa, que pondría las reglas para facilitar esta alianza.
¿Se necesitará cambiar de celulares?
No, este sistema vale para todo tipo de celulares pero con los más modernos se va a poder hacer más cosas.
Diario Gestión (25.04.2013)
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Que opina? BlackBerry agregará Skype a su conjunto de aplicaciones - 25/04/2013 9:44:19
"La firma tecnológica BlackBerry asguró que tiene planes de cubrir una de las mayores carencias en su oferta de aplicaciones en sus artefactos BlackBerry 10 con la esperada adición de Skype.Skype, que fue adquirida por Microsoft Corp en el 2011, permite a sus usuarios comunicarse mediante llamados de voz, video y conversaciones de texto a través de Internet, sin utilizar las redes de telefonía tradicional. El servicio posee millones de usuarios a nivel mundial.
El anuncio se conoce días después de que BlackBerry dijera que su nuevo teléfono inteligente Q10 estará disponible en Canadá desde el 1 de mayo, y en Estados Unidos antes de fines de mayo. El Q10, que viene con el teclado físico que el grueso de los seguidores de la firma aprecian, es el segundo artefacto que posee el nuevo sistema operativo de la compañía, BB10.
Skype estará disponible en el Q10 desde el día de lanzamiento. Los usuarios del actual teléfono de pantalla táctil Z10 tendrán que esperar algunas semanas más para acceder a la aplicación, luego de una mejora en el software del sistema operativo, informó BlackBerry.
Una de las mayores críticas al nuevo sistema BlackBerry ha sido su menor plataforma de aplicaciones frente a las de los sistemas iOS de Apple y Android de Google. Todavía le falta ofrecer otras importantes aplicaciones como Netflix e Instagram.
Diario El Comercio (25/04/2013)
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